1. ¿Dónde puedo pagar una multa del Servicio Nacional de Migraciones?
Puede efectuar el pago de la multa a través del Portal de Trámites Digitales del Servicio Nacional de Migraciones, seleccionando la opción Cálculo de Multa. Podrá elegir el medio de pago que más le acomode en Pesos Chilenos * Además, podrá pagar con Paypal.
2. ¿Se puede pagar una multa con Vale Vista?
Con el objetivo de mejorar y optimizar los tiempos, no tenemos la opción de Vale Vista. Solo el pago se realiza en línea, asegurándonos que sea más cómoda y rápido y pueda Ingresar desde cualquier lugar y momento que desee, ya sea desde su smartphone o computadora.
3.¿Los Niños, Niñas y Adolescentes deben sancionarse?
Los Niños, niñas y adolescentes no están sujetos a las sanciones migratorias previstas en la ley, esto en conformidad al artículo 4 de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería. Se entiende como niños, niñas y adolescentes, aquellos que al momento de la infracción o motivo que da origen a la sanción no hayan cumplido 18 años de edad.
4. Si me encuentro irregular en el país y además he trabajado sin autorización ¿Cómo debo sancionarme si puedo seleccionar solo una opción?
En este caso, deberá solicitar más de una multa con el objetivo de realizar el pago de ambas infracciones. Cabe señalar que si está no es la primera vez que se ha cometido una infracción del mismo tipo, corresponderá sancionarse como reincidente.
5. ¿Cuánto es el plazo para pagar una multa?
La persona extranjera deberá efectuar el pago de la multa dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución emitida.
6. ¿Podré solicitar una rebaja de la multa?
Los cálculos de multas que se realizan a través del Portal de Trámites Digitales del Servicio Nacional de Migraciones, se entiende como autodenuncia y, por tanto, se encuentran rebajados en un 50% (cincuenta por ciento) del monto total de la multa, no siendo posible acceder a una nueva rebaja.
7. ¿Una vez gestionada la multa, recibo algún comprobante del trámite?
Si. Al solicitar la multa, recibirá en el correo electrónico declarado la copia de la Resolución Exenta de la sanción correspondiente y el comprobante de pago de la Tesorería General de la República.
8. ¿Por qué motivos uno debe sancionarse?
Se debe sancionar a través de la plataforma por los siguientes motivos: (Ver Tutorial)
Retraso en solicitar cédula de identidad (106)
Las personas extranjeras que hayan obtenido su permiso de residencia y no agenden una cita en Registro Civil e Identificación para obtener su cédula de identidad en el plazo de 30 días contados desde la fecha de vigencia del respectivo permiso. La vigencia de los permisos de residencia obtenidos en el extranjero, comenzará a regir desde el ingreso al país.
Vencimiento de permiso migratorio (Articulo 107/119)
Los residentes o titulares de permanencia transitoria que permanezcan en el país, no obstante haber vencido su permiso.
- Se deberá sancionar por el artículo 107 si su permiso de residencia o permanencia venció hace menos de 180 días corridos.
- Se deberá sancionar por el artículo 119 si su permiso de residencia o permanencia venció hace más de 180 días corridos.
Trabajo sin estar habilitado o autorizado para ello
Desarrollar actividades remuneradas sin autorización.
9. ¿Qué es la Multa con descargos?
Es la posibilidad para exponer todas las circunstancias de hecho y de derecho que estime pertinente en defensa de sus intereses en relación a la infracción que le ha sido informada al inicio de este procedimiento de sanción pecuniaria (multa).
10. ¿Cómo se debe realizar la multa con descargos?
Se realiza ingresando al Portal de Trámites Digitales del Servicio Nacional de Migracionescon su ClaveÚnica o Creando una Cuenta en el SERMIG. Una vez que esté calculando su multa , se pregunta si ¿Desea hacer descargos?. (Ver Tutorial)
11. ¿Qué documentación debo acompañar para hacer los descargos?
Puede acompañar su solicitud con los siguientes documentos:
Finiquito de trabajo, Certificado de cotizaciones de su AFP (Que acredite el tiempo trabajando), Informe Social emitido por una Municipalidad o profesional responsable, informe médico y/o epicrisis médica, otros.
12. ¿Cómo se informa el resultado de los descargos realizados?
El Servicio Nacional de Migraciones evaluará la documentación acompañada. Una vez resuelto, será notificado por correo electrónico.
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