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Conozca todo lo relacionado con respecto a la Residencia Definitiva


1. ¿Qué es la Residencia Definitiva?

Es el permiso para radicarse indefinidamente en Chile, que autoriza a desarrollar cualquier actividad lícita, sin otras limitaciones que las que establezcan las disposiciones legales y reglamentarias.


2. ¿Cómo se solicita?

A través de tramites.serviciomigraciones.cl, ingresando con ClaveÚnica o creando una cuenta en el Servicio Nacional de Migraciones y seleccionando la opción “Solicitud de Residencia Definitiva”. Completar el formulario y adjuntar los datos solicitados. Revise el paso a paso para que pueda realizar el trámite a través de la siguiente ficha Guía -Solicitud de Residencia Definitiva.


3. ¿Cuáles son los requisitos?

Para revisar los requisitos de la Residencia Definitiva pinche AQUÍ.


4. ¿Cuál es el documento inicial que recibo una vez que mi solicitud ha sido enviada?

Al momento de finalizar el envió de su solicitud de Residencia Definitiva, recibirá en el correo electrónico declarado en su postulación el "Comprobante de Envío Solicitud de Residencia Definitiva". Este documento sólo comprueba la recepción de su solicitud y no puede ser utilizado con otros fines.


5. ¿Qué documento recibo una vez que mi solicitud haya sido acogida a trámite?

Una vez analizada su solicitud, y si está cumple los requisitos establecidos se enviará a su correo electrónico el "Certificado de Residencia Definitiva en trámite" que acredita su residencia legal en el país. Este documento lo faculta para seguir desarrollando ACTIVIDADES LÍCITAS REMUNERADAS AUTORIZADAS POR SU PERMISO DE RESIDENCIA ANTERIOR, como también le permitirá salir y entrar al territorio nacional, de acuerdo al Art. 63 del Reglamento de la Ley Migración y Extranjería.


6. ¿Cuándo debo pagar los derechos de la Residencia Definitiva?

Cuando reciba en su correo electrónico la resolución para el pago de los Derechos de su Residencia Definitiva, deberá ingresar a su Bandeja de Entrada donde encontrará su solicitud. 



7. ¿Cuál es el valor de la Residencia Definitiva?

  • El valor general de la Residencia Definitiva lo puede revisar en el siguiente ENLACE.

  • Si el/la extranjero/a tiene cónyuge chileno/a, el beneficio está exento de pago. 

  • Menores de Edad están exentos de pago.



8. ¿Cómo puedo ver el estado de mi solicitud?

Puede revisar el estado de su trámite a través de Consulta de Estado de Trámite 



9. ¿Cómo puedo solicitar la ampliación de mi solicitud en trámite?

Para solicitar su Ampliación debe ingresar a Trámites Digitales y seleccionar "Ampliación de Certificado de Residencia Definitiva en Trámite" e iniciar con ClaveÚnica.


Revise la siguiente información: 

Guía- Paso a paso para solicitud de Ampliación de Residencia Definitiva en trámite.



10. ¿Qué documento debo recibir cuando mi Residencia Definitiva se encuentre otorgada?

Una vez que su Residencia Definitiva se encuentre otorgada, será notificado por correo electrónico, donde vendrá adjunta la resolución exenta que "Otorga la Residencia Definitiva en el país".


11. ¿Qué debo hacer una vez que mi Residencia Definitiva sea otorgada?

Una vez otorgada su Residencia Definitiva,  se registrará de forma automática e interna en Policía de Investigaciones de Chile (PDI). No obstante, deberá cedular solicitando una cita en Registro Civil e Identificación dentro de los 30 días hábiles desde la descarga de su certificado.



12. ¿Se puede perder la Residencia Definitiva una vez otorgada?

La Residencia Definitiva quedará tácitamente revocada al estar fuera del país por un plazo continuo superior a dos años, al menos que el interesado solicite su prórroga ante el consulado chileno respectivo, dentro del término de sesenta días corridos antes del vencimiento de este plazo. Esta prórroga se otorgará por una sola vez y tendrá una vigencia de dos años.

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