ENGLISH VERSION

Permiso para extranjeros jubilados y rentistas
Descripción

Este permiso es para las personas extranjeras que se hayan pensionado en su país de residencia y también para aquellos extranjeros que cuenten con rentas constantes.

¿A quién está

dirigido?


A las personas extranjeras que de conformidad con la normativa de su país de residencia hayan obtenido una pensión por jubilación, y siempre que esta permita satisfacer al menos sus necesidades básicas durante su estadía en el país, según los indicadores estimados por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Además, este permiso esta dirigidos a aquellas personas extranjeras que tengan rentas constantes derivadas de la explotación de bienes raíces o activos financieros.

¿Qué necesito para

hacer el trámite?


Este permiso de residencia deberá ser solicitado desde el extranjero. 

Debe ingresar al siguiente enlace para obtener detalle de los requisitos https://serviciomigraciones.cl/residenciatemporal/

¿Cuál es el costo del

trámite?

El costo dependerá de la nacionalidad del solicitante.
Para mayor información aquí.
¿Qué vigencia tiene?

La vigencia de la residencia temporal será de hasta dos años.

El periodo de vigencia del permiso se contará desde el ingreso al país del extranjero.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

El trámite se debe realizar fuera del territorio nacional a través de tramites.serviciomigraciones.cl ingresando con su cuenta. (Si aún no se ha registrado, revise el siguiente artículo: ¿Cómo crear una cuenta en el Servicio Nacional de Migraciones? Luego debe seleccionar “Solicitud de Residencia Temporal para Extranjeros fuera de Chile” Completar el formulario y adjuntar los datos solicitados. 

Marco Legal

Ley N° 21.325, de Migración y Extranjería. Reglamento Decreto Nº296, Decreto Nº33, que establece las Subcategorías Migratorias de Residencia Temporal.