1. Si tiene vínculo con chileno o vínculo con residente definitivo (subcategorías de reunificación familiar).
2. Por razones humanitarias (subcategorías de residencia temporal fundadas en razones humanitarias, párrafo octavo del Decreto N°177/2022): - Permiso para víctimas de trata de personas. - Permiso para víctimas de violencia intrafamiliar o de género. - Permiso para víctimas de tráfico ilícito de migrantes. - Permiso especial para mujeres extranjeras en situación de embarazo. - Situación de niños, niñas y adolescentes.
3. Solicitudes que por expresa mención del Decreto N°177/2022 deban ser efectuadas por entidades públicas: - Gendarmería: Permiso para extranjeros sujetos a la custodia de Gendarmería de Chile. - Tribunales de Justicia chilenos: Permiso para extranjeros que se encuentren en Chile por orden de Tribunales de Justicia nacionales y Permiso para víctimas de violencia intrafamiliar o de género. - Ministerio Público: - Permiso para víctimas de tráfico ilícito de migrantes y Permiso para víctimas de violencia intrafamiliar o de género. - Ministerio de Salud: Permiso especial para mujeres extranjeras en situación de embarazo . - Servicio Mejor Niñez y Servicio Nacional de Menores: Situación de niños, niñas y adolescentes no acompañados.
4. Los titulares de permanencia transitoria que ingresaron al país antes del 12.02.2022, fecha de entrada en vigencia de la Nueva ley de Migraciones y Extranjería.
Si desea esta información en inglés, haga click aquí