Descripción | Documento que contiene datos relacionados a su entrada al país, y que permite a sus respectivas representaciones consulares brindarles nueva documentación. La constancia de pérdida de documentos no es válida para salir del país. |
¿A quién está dirigido? | A extranjeros residentes o turistas que han extraviado su documentación de identidad extranjera (cédula de identidad o pasaporte de su país de origen). |
¿Qué necesito para hacer el trámite? | Debe cumplir con los requisitos solicitados en el formulario de solicitud, adjuntarlos a la cuenta de correo electrónico del Departamento o Sección de Migraciones y Policía Internacional correspondiente a su lugar de residencia. Revisa aquí el listado de correos electrónicos. |
¿Cuál es el costo del trámite? | No tiene costo. |
¿Qué vigencia tiene? | Indefinido. |
¿Cómo y dónde hago el trámite? | La solicitud de la constancia de pérdida se realiza a través de PDI. |
Marco Legal | Su información se encuentra protegida por la ley 19.628 de Protección de la Vida Privada, que resguarda la confidencialidad de los datos entregados. |
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